jueves, 10 de septiembre de 2009

La Sexualidad en las primeras civilizaciones históricas

Las culturas mesopotámicas
nos han dejado multitud de
representaciones de divini-
dades relacionadas con la
sexualidad. Esta que re-
producimos, del segundo mi-
lenio antes de Jesucristo, se
distingue por sus formas
proporcionadas, en contraste
con las figuras rechonchas
y abultadas de otras etapas
del arte sumerio. Los ca
racteres sexuales se repre
sentan tambień sin exage
ración, esquemáticamente.



Las noticias que se tienen de los primeros grupos humanos organizados
y que constituyeron sociedades, nos hablan ya de la división de sus miem-
bros en diversas clases. Las primeras manifestaciones de la religión son de
orden eminentemente practicista. Los dioses no desempeñaban papel alguno
en la vida futura; únicamente recompensaban o castigaban a los hombres
en ésta. Para congraciarse con ellos era preciso ofrecerles múltiples sacrificios:
al principio, y durante dilatado tiempo, sacrificios humanos.

El código moral de esas religiones tenía casi siempre de común la pro-
hibición de sembrar discordias, de alterar la propiedad privada, de come-
ter adulterio. Los sacerdotes eran ayudados generalmente por sacerdotisasz
danzarinas, cantantes, adivinadoras y esposas del dios, que, en algunos
casos, como en el culto asirio­babilónico de lshtar (diosa de la voluptuo-
sidad) se entregaban a la prostitución sagrada.

Es importante destacar el factor de la separación en clases, pues el com-
portamiento sexual difería según la pertenencia a una u otra de ellas. En
efecto, la actividad y las normas sexuales de la clase dirigente del país no
eran las mismas que informaban la conducta de las capas bajas. Por ejem-
plo, en la antigua China existían dos clases de matrimonio completamente
distintas, uno normalizado jurídicamente y otro que era en realidad una
simple unión. En el Próximo Oriente también encontramos el matrimonio
refrendado por un contrato, pero solamente entre las clases altas. En Egipto,
consecuencia de una revolución social que tuvo lugar dos mil años antes
de Cristo, la plebe conquistó el derecho a que su matrimonio fuera refren-
dado legalmente. En Babilonia, las disposiciones legales en torno al matri-
monio regulaban solamente las uniones de la gente rica, proveyendo de
una enmarañada selva de legislación sobre la herencia, sobre los derechos
de las concubinas, etc., mientras que el pueblo llano no merecía la atención
de los legisladores. Las únicas disposiciones que tenían un carácter general


se refieren al nacimiento de los hijos. Es obvio decir que el Estado estaba
mteresado en procurar que el pueblo llano tuviera la mayor Cantidad po-
s1ble de hijos, por lo cual las d1Spos1C1ones punitivas Contra el aborto eran
numerosas.

Las costumbres en aquellas epocas lejanas tenían una marcada influen-
cia de lo sexual. Por ejemplo, en el apogeo del reino sumerio, bajo el rey
Gudea (en el s1glo XX1 a. de C.) las manifestaciones del Culto eran muy popu-
lares lo que se explica por el caracter colosal de las construcciones. Esto se
demuestra, según Pirenne, en los documentos que describen las ceremo-
nias Sagradas con ocasión de la inauguración del templo. El pueblo se entre-
gaba a bacanales, cuyo origen se remonta al antiguo culto agrario. Durante
siete días, una licencia general reinaba sobre la ciudad; las leyes civiles, y
y también las morales, quedaban en suspenso y la autoridad desaparecía. El
rey era reemplazado por un esclavo que usaba a su antojo del harem y era
servido a la mesa real por otros esclavos. Pero, una vez transcurrida la fiesta,
ese esclavo era sacrificado a los dioses para impetrar de ellos el perdón por
los pecados ciudadanos.

En los atrios de los templos se representaban misterios sagrados en los
que también participaba el rey. Destacan especialmente las fiestas sagradas
de las nupcias de Tammuz, el dios de la vegetación, con Ishtar, diosa de
la fecundidad y del amor, que eran representadas, ante el jolgorio del pue-
blo, por el matrimonio del rey con la diosa que, sin duda, era reemplazada
por una sacerdotisa Sagrada.

El rey Shulgi, que reinó en Ur en el segundo milenio antes de Cristo,
fue el primero en publicar un código aplicable a todo su imperio y que luego
serviría de modelo a la célebre legislación de Hammurabi. Sólo disponemos
de algunos fragmentos que nos dan a conocer nueve leyes relativas al aborto
de una mujer a consecuencia de golpes, al matrimonio por rapto, al adul-
terio y a los derechos de las prostitutas.

El matrimonio podía ser disuelto por decisión judicial. El adulterio de
la mujer, aunque era considerado delito, no entrañaba castigo alguno, ni
siquiera el divorcio, siempre que el marido perdonase a la esposa infiel.
Pero si ésta no recibía el perdón, era arrojada al agua. La mujer respondía
con su persona, si el marido no podía satisfacer deudas propias.

La máxima eXpresión del matrimonio como «razón de Estado» la en-
contramos ya en la más antigua tradición de Egipto. Los aqueos también
practicaron la endogamia, probablemente, en las familias de los jefes para
perpetuar la pureza de la sangre que garantizaba la autoridad del jerarca.

En la Odisea se refiere que Alkinoos Se casa con su hermana ————descendien-
te como él de Poseidón y Eolo— y tiene seis hijos y seis hijas a los que casa
entre sí. _

Para preservar la herencia _que en el caso de los Faraones Se refería
a la posesión de todo el país` se recurrió, pues, innumerables veces, al ma-
trimonio entre hermanos. Las ideas sobre el incesto varían mucho, de acuer―
do con la práctica de los diversos pueblos. En los tiempos premosaicos, los
judíos recurrían también al matrimonio entre hermanos del mismo padre
(pero no de igual madre). Recordemos a este respecto que Abraham Se casó
con su hermanastra Sara. Moisés vino a romper esta tradición prohibiendo
no sólo los matrimonios entre hermanos, sino la relación sexual entre pa-
rientes más cercanos. Por su parte, Buda prohibió en la India los matrimo-
nios entre parientes incluso hasta el sexto grado.

En Babilonia tenemos la primera gran legislación completa. El Código
de Hammurabi comprende doscientos ochenta y dos artículos, de los que
unos treinta no han llegado hasta nosotros. Del 127 al 195 tratan de la fa-
milia. y del 178 al 195, de los hijos. La mujer goza de personalidad jurídica
independiente, pero la autoridad paterna y marital pesa todavía sobre ella.

El matrimonio es preparado por los padres de ella y, cuando se ha llegado
a un acuerdo, el novio envía un regalo al padre de la doncella. Se procede
entonces a la redacción de un contrato en el que se establecen los deberes
y los derechos de la esposa, así como la suma que habrá de pagar el marido
si la repudia, y la pena en que incurriría ella en caso de inñdelidad. La no-
via puede permanecer en casa de sus padres o ir a vivir a la de los padres del
novio. En el primer caso, la violación de la doncella está castigada con la
muerte. Si va a vivir con los padres del novio, la ley prevé que Sea seducida
por su futuro suegro; en este caso se disuelven los esponsales. Pero si han
existido relaciones culpables, cuando ella ya conocía a su novio, es lanzada
al agua v el padre indigno sufre un castigo.

La ordalía o juicio del agua, impuesto a la mujer sospechosa de adulte-
rio, también aparece en la civilización cretense. Desde el punto de vista del
régimen de bienes, la igualdad de los esposos es casi total. Pirenne saca de
ello la acertada conclusión de que la mujer estaba más amparada en sus
bienes que en su persona. La base de la familia es el matrimonio monoga
mico. Pero el marido puede tomar una o varias concubinas y, si con nin-
guna de ellas consigue tener descendencia, puede tomar otra esposa; pero
el puesto de ésta es totalmente secundario hasta el punto de que su entrada
en la casa está precedida por el lavatorio de pies a la primera esposa.

Se ha hablado mucho de la prostitución en estas sociedades, y en ver-
dad existen innumerables pruebas de su existencia, como ya hemos seña-
lado. Ya en el tercer milenio antes de Cristo la prostitución era una ocupación
muy rentable. La modalidad de la prostitución sagrada, ligada a los más
antiguos cultos y presente en las civilizaciones antiguas, disponía de una
legislación completa. Herodoto relata que, en Mesopotamia, las mujeres
debían entregarse en el templo a un desconocido antes de casarse. El céle-
bre cronista cuenta igualmente que en la famosa torre de Babel existía un
santuario y en su interior una lujosa y amplísima cama nupcial en la que
cada noche había una mujer diferente.

Las costumbres de los hebreos antiguos se corresponden a las refrenda-
dadas por el Código de Hammurabi. La institución matrimonial recibe
las máximas prerrogativas, hasta el punto de que la Soltería es considerada
como una situación "antinatural". Incluso existe un cierto tipo de matri-
monio obligatorio, el levirato, por el que un hermano es obligado a casarse
con su cuñada viuda cuando ésta no ha obtenido descendencia. El Sexto
el noveno mandamiento del Decálogo regulan el comportamiento sexual
de los hebreos. El adulterio era condenado gravemente, pero también reci-
bía castigo el calumniador.

Pese a que muchos historiadores han visto en la práctica de la circun-
cisión un hábito preferentemente hebreo hay que tener en cuenta que tam-
bien era seguida por otros pueblos, especialmente por Egipto. Moisés no
estaba muy convenc ido de su conveniencia, y él mismo, a pesar de estar
introducido en los círculos del poder en Egipto, no llegó a practicarse
nunca. Fue el caudillo Josué el que la estableció como obligación general.

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